Modelo Convocatoria Junta General Ordinaria sociedad limitada (SL)
La convocatoria de junta general ordinaria consta del siguiente contenido:
- Lugar y hora donde se celebrará la convocatoria: La junta general será en el municipio en el cual tenga la sociedad su domicilio fiscal, haciendo mención del mismo.
- Orden del día: Los temas a tratar que van a ser objeto de dicha junta.
- En ocasiones presentar el informe anual sobre cuentas.
- Se tiene que poner el informe de la comisión de nombramientos si se requiere.
- Presentación de cuentas anuales. (cuentas anuales informe o informe de auditoría) si hubiera comisión de auditoría.
- Cambio de domicilio si se ha efectuado.
- Propuesta de acuerdos.
- Derecho de información a disposición de los socios: El derecho de información se encuentra regulado de manera separada para la sociedad de responsabilidad limitada (artículo 196 de la LSC) y para la sociedad anónima (artículo 197 de la LSC).
- Y por último debe de ir firmado por el órgano de administración después de la población y la fecha.
Derecho de información en la sociedad limitada. El artículo 196 de la LSC, que no ha sido objeto de modificación alguna por la Ley 31/2014, establece que:
- Los socios de la sociedad de responsabilidad limitada podrán solicitar por escrito, con anterioridad ala reunión de la junta general o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día.
- El órgano de administración estará obligado a proporcionárselos, en forma oral o escrita de acuerdo con el momento y la naturaleza de la información solicitada, salvo en los casos en que, a juicio del propio órgano, la publicidad de ésta perjudique el interés social.
- No procederá la denegación de la información cuando la solicitud esté apoyada por socios que representen, al menos, el veinticinco por ciento del capital social.
De la redacción literal del precepto queda claro que el órgano de administración ha de proporcionar la información solicitada por el socio (informes o aclaraciones acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día) en forma oral o escrita (si la información se pide por escrito y antes de la junta, de esa forma y en ese momento), y si, en cambio, se pide verbalmente durante la junta, deberá el órgano de administración proporcionarla oralmente.
Del mismo modo queda también claro que el órgano de administración puede negarse a proporcionar la información solicitada cuando conforme a su propio criterio, considere que ello perjudica los intereses sociales, salvo que la solicitud sea realizada por socios que representen, al menos, el 25% del capital social.
Modelos y ejemplos publicados: convocatoria Junta General Ordinaria sociedad limitada en el BORME
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