VOCENTO, S.A.

Anuncio de reducción de capital social mediante amortización de acciones propias.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General de Accionistas de Vocento, S.A. (la «Sociedad»), celebrada el 9 de junio de 2020, aprobó, bajo el punto sexto del orden del día, la reducción de capital social, mediante la amortización de hasta un máximo de 3.749.109 acciones propias de 0,20 euros de valor nominal cada una, representativas, aproximadamente, de un 3% del capital social de la Sociedad al momento de la adopción de dicho acuerdo y, en concreto, de aquellas acciones que fueran adquiridas por la Sociedad para su amortización a través del programa de recompra de acciones propias aprobado por el Consejo de Administración el 22 de octubre de 2019 y publicado como hecho relevante en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 24 de octubre de 2019, con número de registro 282.811 (el «Programa de Recompra») al amparo de la autorización conferida por la Junta General de Accionistas celebrada el 28 de abril de 2015 bajo el punto octavo del orden del día.

La reducción de capital debía ser ejecutada dentro del mes siguiente a la fecha de finalización del Programa de Recompra.

En consecuencia, el Consejo de Administración en su reunión de fecha 26 de enero de 2021, de conformidad con la autorización conferida por la Junta General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 9 de junio de 2020 bajo el acuerdo sexto del orden del día, ha acordado ejecutar la reducción de capital social en la cifra de 130.112,60 euros, mediante la amortización de 650.563 acciones propias mantenidas por la Sociedad en autocartera, de 0,20 euros de valor nominal cada una de ellas. El capital social resultante de la reducción ha quedado fijado en 24.863.948,60 euros, dividido en 124.319.743 acciones de 0,20 euros de valor nominal cada una de ellas.

La finalidad de la reducción de capital ha sido la amortización de acciones propias, coadyuvando a la retribución del accionista mediante el incremento del beneficio por acción.

La reducción de capital no ha implicado la devolución de aportaciones a los accionistas de la Sociedad por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas.

La reducción de capital se ha realizado con cargo a reservas de libre disposición, mediante la dotación de una reserva por un importe igual al valor nominal de las acciones amortizadas (esto es, 130.112,60 euros), de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción de capital social, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 335.c) de la Ley de Sociedades de Capital. En consecuencia, los acreedores de la Sociedad no tienen el derecho de oposición al que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con la reducción de capital.

Las acciones amortizadas fueron adquiridas por la Sociedad de acuerdo con la autorización que la Junta General de Accionistas, en su reunión de 28 de abril de 2015, otorgó al Consejo de Administración, dentro de los límites previstos en los artículos 146 y concordantes y el artículo 509 de la Ley de Sociedades de Capital, y en el marco del Programa de Recompra.

Ejecutada la reducción de capital, el artículo 4 de los Estatutos Sociales, relativo al capital social queda modificado con el fin de adaptar su contenido al nuevo valor nominal. El texto íntegro del artículo 4 de los estatutos sociales pasará a ser, en consecuencia, el siguiente:

«ARTÍCULO 4) CAPITAL SOCIAL.

El capital social es de 24.863.948,60 euros, representado por 124.319.743 acciones de veinte céntimos (0,20) de euro de valor nominal cada una. Todas las acciones se encuentran totalmente suscritas y desembolsadas.

Las acciones estarán representadas por medio de anotaciones en cuenta y se constituyen como tales en virtud de su inscripción en el correspondiente registro contable, que reflejará las menciones recogidas en la escritura de emisión y si están o no íntegramente desembolsadas.

La legitimación para el ejercicio de los derechos del accionista, incluida, en su caso, la transmisión, se obtiene mediante la inscripción en el registro contable que presume la titularidad legítima y habilita al titular registral a exigir que la Sociedad le reconozca como accionista. Dicha legitimación se acreditará mediante la exhibición de los certificados oportunos emitidos por las entidades encargadas de los registros contables, de conformidad con sus propios asientos.

La persona que aparezca legitimada en los asientos del registro contable se presumirá titular legítimo y, en consecuencia, podrá exigir de la Sociedad que realice en su favor las prestaciones a que dé derecho el valor representado por medio de anotaciones en cuenta. Si la Sociedad realizase de buena fe y sin culpa grave la prestación en favor del legitimado, se liberará aunque éste no sea el titular del valor.»

Asimismo, se comunica que la Sociedad solicitará la exclusión de negociación de las acciones amortizadas en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Valencia y Bilbao, a través del Sistema de Interconexión Bursátil (Mercado Continuo) y la cancelación de las acciones amortizadas en los registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (Iberclear).

El presente anuncio se encuentra asimismo disponible en la página web corporativa de la Sociedad (www.vocento.com).

Madrid, 26 de enero de 2021.- El Secretario del Consejo de Administración, Carlos Pazos Campos.

Descargar pdf Reducción Capital Vocento, S.A.

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