Artículo 529 quinquies. Información.
1. Salvo que el consejo de administración se hubiera constituido o hubiera sido excepcionalmente convocado por razones de urgencia, los consejeros deberán contar previamente y con suficiente antelación con la información necesaria para la deliberación y la adopción de acuerdos sobre los asuntos a tratar.
2. El presidente del consejo de administración, con la colaboración del secretario, deberá velar por el cumplimiento de esta disposición.
art 529 quinquies lsc
- Ley de Sociedades de Capital
- TÍTULO XIV. Sociedades anónimas cotizadas
- CAPÍTULO VII. Especialidades de la administración.
- Sección 2.ª Especialidades del Consejo de Administración
- Artículo 529 bis. Carácter necesario del consejo de administración.
- Artículo 529 ter. Facultades indelegables.
- Artículo 529 quáter. Asistencia a las reuniones.
- Artículo 529 quinquies. Información.
- Artículo 529 sexies. Presidente del consejo de administración.
- Artículo 529 septies. Separación de cargos.
- Artículo 529 octies. Secretario del consejo de administración.
- Artículo 529 nonies. Evaluación del desempeño.
- Artículo 529 decies. Nombramiento y reelección de consejeros.
- Artículo 529 undecies. Duración del cargo.
- Artículo 529 duodecies. Categorías de consejeros.
- Artículo 529 terdecies. Comisiones del consejo de administración.
- Artículo 529 quaterdecies. Comisión de auditoría.
- Artículo 529 quindecies. Comisión de nombramientos y retribuciones.
- Sección 2.ª Especialidades del Consejo de Administración
- CAPÍTULO VII. Especialidades de la administración.
- TÍTULO XIV. Sociedades anónimas cotizadas
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