Artículo 428. Intervención.

Cuando la sociedad haya retrasado en más de seis meses el pago de los intereses vencidos o la amortización del principal, el comisario podrá proponer al consejo la suspensión de cualquiera de los administradores y convocar la junta general de accionistas, si aquéllos no lo hicieren cuando estimen que deben ser sustituidos.

art 428 lsc

¡Haz clic para puntuar esta entrada!
[Total: 0 Media: 0]

Solicitud de presupuesto Anuncio BORME

Para tramitaciones urgentes en el BORME llámenos al 91 161 00 20

o envíe el texto a: presupuestos@anuncios-oficiales.es

    Nombre (requerido)

    Correo electrónico (requerido)

    Asunto

    Mensaje

    Acepto la política de privacidad , recibir notificaciones sobre mis consultas, propuestas, servicios, información relevante, y gestión de tus datos por parte de esta web.