Artículo 232. Acciones derivadas de la infracción del deber de lealtad.
El ejercicio de la acción de responsabilidad prevista en los artículos 236 y siguientes no obsta al ejercicio de las acciones de impugnación, cesación, remoción de efectos y, en su caso, anulación de los actos y contratos celebrados por los administradores con violación de su deber de lealtad.
art 232 lsc
- Ley de Sociedades de Capital
- TÍTULO VI. La administración de la sociedad
- CAPÍTULO III. Los deberes de los administradores
- Artículo 225. Deber general de diligencia.
- Artículo 226. Protección de la discrecionalidad empresarial.
- Artículo 227. Deber de lealtad.
- Artículo 228. Obligaciones básicas derivadas del deber de lealtad.
- Artículo 229. Deber de evitar situaciones de conflicto de interés.
- Artículo 230. Régimen de imperatividad y dispensa.
- Artículo 231. Personas vinculadas a los administradores.
- Artículo 231 bis. Operaciones intragrupo.
- Artículo 232. Acciones derivadas de la infracción del deber de lealtad.
- CAPÍTULO III. Los deberes de los administradores
- TÍTULO VI. La administración de la sociedad
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